En el día de Reyes todo es posible, los niños con su emoción por los regalos que les han dejado sus majestades y los mayores…. pues también.

Pero las sorpresas no paran ahí, mientras se degusta un café con roscón para acompañar a las comilonas de días anteriores y se leen las noticias por internet, de repente te ves sorprendido por una muy especial (luego explicaré su motivo), La Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la anulación de una sanción de tráfico por infracción grave, consistente en saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones cuya infracción fue tomada mediante los conocidos “Foto-rojo”.

En dicha sentencia, se esgrime que dichos dispositivos no están sometidos al control metrológico del Estado y por lo que, entre otras cosas, anula dicha infracción de tráfico.

Alguien en algún momento llegó a decir:

“los jueces se confunden, estos aparatos no tienen la obligación de pasar revisión de metrológico alguno y por eso son validas”

Pues bien, no es así. ¿Qué hará ahora el Ayuntamiento de Madrid? ¿anulará todas las sanciones?, ¿harán pasar todas las cámaras “foto-rojo” por el control metrológico pertinente?. Mucho me temo que no, y que los ciudadanos seguiremos pagando el 50% de la cuantía porque nos puede salir mucho más caro contratar un Abogado y Procurador por una denuncia de 100€ si aplicamos la reducción.